CONTRABANDO INFRAGANTI

Devolución veloz con arreglos y refrendado por el Adm. Nelson Leonor Fleitas

SANTA ROSA DEL AGUARAY (Contrabando, por Carlos Roa) Una vez más queda a luz lo que vamos a relatar más adelante la prueba contundente que el Administrador Nelson Leonor Fleitas es parte del esquema mafioso del Contrabando y protegido por el Director Nacional De Aduanas el Pastor de Iglesias Julio Fernández Frutos en complicidad como así también el capitán Walter Diaz, en la primera foto  el Camión de la discordia, cargado con 320 fardos de 30 kilos de azúcar, que son 9600 kilos, aceite comestible 250 cajas con 4500 litros, 40 cajas de pollos con 600 kilos, 80 cajas de huevos con 28.800 unidades y 180 bolsas de salchichas y salame, sin embargo este tracto camión que cayo infraganti fue liberado en tiempo record por Gs 80.000.000 ndaje bajo un maquillaje de la tal Martha Gómez y refrendado por el propio administrador de Aduanas de Ciudad del Este Nelson Leonor Fleitas.

En la Oficina de Sumarios a cargo de la destituida Abogada Martha Gómez se cometen varios tipos de negociados y coimas con resoluciones amañadas o maquilladas por la tal letradita refrendada por el Corrupto Administrador Nelsón Leonor Fleitas donde negociaron según las fuentes por Gs 80.000.000 para la entrega inmediata de este camión chapa Nro CCR 723 color blanco de la marca Scania. cosa que en poco tiempo este camión que cayó por contrabando y que tenía que estar detenido para remate ya se los vio trabajando de nuevo en el paso de mercaderías Foz de Iguazú, Ciudad del Este y viceversa.

El camión fue sorprendido por este medio ya laburando donde se ve en una foto al camión ya presto para trabajar por supuesto libre de culpa y pena, esto fue la piedra del escándalo por que la propuesta del señor administrador Fleitas no cayó bien a los funcionarios que denunciaron el hecho de mega contrabando de 35.000 kilos de azúcar y más aún quedaron sorprendidos que días después este camión se encontraba con resolución de entrega siendo que el código aduanero menciona en el artículo 336. Contrabando de la ley 2422/04 código aduanero donde menciona claramente que debe ser decomisados las mercaderías y el medio de transporte y en la ilustración se demuestra claramente que el código aduanero no fue aplicado en toda su expresión y el articulo 10. Dice claramente responsabilidad de los funcionarios aduaneros. Los funcionarios de la dirección nacional de Aduanas son personalmente responsables por sus actuaciones irregulares, toda vez que la misma sea consecuencia de su acción u omisión dolosa de su ignorancia, impericia, imprudencia o negligencia, señor director de aduanas del Paraguay para muestra basta un botón y no peor ciego del que no quiere ver.

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